Todas las personas trabajadoras autónomas en régimen general tienen la obligación de presentar la declaración trimestral del IVA ante la Hacienda Foral correspondiente o, en su caso, ante la Agencia Tributaria. Aunque pueda parecer un trámite muy complejo, resulta bastante más sencillo si sigues los siguientes pasos.
- Averigua el sistema de cálculo del IVA en Hacienda. Antes de empezar a trabajar por cuenta propia debes presentar la declaración censal y darte de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Tendrás la opción de elegir entre dos modelos:
- El modelo censal 036: es el modelo de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores en régimen general, también se utiliza para las sociedades de capital y cooperativas. Se considera el modelo estándar y más completo porque incluye todas las opciones que podamos necesitar.
- El modelo censal 037: este modelo censal es más simple y no es apto para todos los casos. Si nuestra actividad se desarrolla solo en territorio español y no está regida por ningún régimen ni impuesto especial, lo más probable es que el modelo 037 sea suficiente. Para actividades en otros países, vender a distancia o grandes empresas es recomendable el 036.
Mediante estos modelos informas a la Hacienda Foral correspondiente o, en su caso, a la Agencia Tributaria de la actividad que vas a realizar, de cuándo la vas a empezar y del sistema de cálculo que utilizarás para confeccionar tus impuestos. A efectos de IVA, lo normal es elegir el sistema de cálculo que se conoce como Régimen General, pero existen otros regímenes especiales como el régimen del recargo de equivalencia, que es obligatorio para comerciantes minoristas.
En determinados territorios, como es el caso de Álava (https://sedeelectronica.vitoria-gasteiz.org/j30-01s/contenidoAction.do?uid=53907ec6_1245149b13d__7ff3&locale=es&idioma=es) y el de Gipuzkoa (https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna/impuestos/modelo/840) por ejemplo, deberás presentar también el Impuesto sobre actividades económicas. En el caso concreto de Álava, si el domicilio de tu empresa no está en Vitoria – Gasteiz, deberás presentar el alta en actividades económicas en el Ayuntamiento correspondiente al domicilio de tu empresa.
- Presenta tu declaración cada trimestre. Una vez dado de alta, tendrás la obligación de presentar la declaración de IVA durante el mes posterior a que acabe cada trimestre, aunque este plazo puede variar en función de la Hacienda en la que tributes. Esto significa que tendrás que presentar la declaración correspondiente al primer trimestre del año antes de que termine abril; la del segundo, antes de finales de julio y así sucesivamente.
- La declaración trimestral. Ya tienes todo listo, ahora tienes que hacer el cálculo de la declaración. En caso que lo presentes en Bizkaia o Álava, deberás realizar una autoliquidación en Hacienda con el Modelo 303, en la que se refleja la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado deducible, es decir, entre el IVA que tú has repercutido a tus clientes y el IVA que tú has tenido que pagar a los distintos proveedores. Si desarrollas tu actividad en Gipuzkoa este trámite se realiza a través del Modelo 300, mientras que en Navarra se utiliza el Modelo F69.
- ¿Y si la declaración te salga a compensar? En el caso de que tu declaración trimestral salga a compensar, podrás solicitar la devolución en el resumen anual que se presenta entre el 1 y el 31 de enero de cada año, es decir, con la autoliquidación final (Modelo 390 correspondiente a la Hacienda Foral en la que liquides el IVA. También puedes, en vez de solicitar la devolución, compensar la cantidad resultante con las siguientes declaraciones de IVA.
- No olvides tu resumen anual del IVA. En efecto, el denominado modelo 390 es una declaración tributaria que contiene las operaciones realizadas a lo largo del año natural relativas a la liquidación del impuesto sobre el valor añadido.
Hay determinadas actividades que están exentas del pago del IVA, como servicios médicos y sanitarios, educación y la formación, sociedades culturales y deportivas, entre otras. El resto de las actividades empresariales o profesionales tienen tres tipos de gravamen:
- Tipo superreducido: es del 4% y se aplica a alimentos de primera necesidad como pan, lácteos, libros, medicamentos y productos y servicios para personas discapacitadas.
- Tipo reducido: es del 10% y se aplica a bienes como semillas, fertilizantes, herbicidas, agua, medicamentos para animales, gafas y lentillas y viviendas; a servicios como el transporte de viajeros, la hostelería y algunos servicios culturales, los espectáculos deportivos amateur, recogida de basuras…
- Tipo general, del 21% que se aplica al resto de bienes y servicios.
Si quieres conocer exactamente la tributación de una actividad o servicio puedes consultarlo en esta tabla.
Con estos sencillos pasos ya puedes encargarte de preparar la declaración trimestral del IVA, aunque es conveniente que tengas en cuenta algunos consejos para evitar sustos al final de cada trimestre. Y recuerda que si necesitas información más precisa sobre cómo presentar tu declaración de IVA o cualquier otra cuestión, en Gaztenpresa te ofrecemos asistencia personalizada. ¡Te esperamos!