OBJETIVO
Creación de nuevos puestos de trabajo por cuenta propia a través de:
- a. La creación de nuevas con carácter general.
- b. La creación de nuevas empresas basadas en criterios de innovación y aporte de valor añadido a la ciudad.
Las ayudas son incompatibles entre sí. Será la entidad Fomento de San Sebastián quien, en función de la documentación aportada, determine si la solicitud se acoge al apartado a) o b).
En todos los casos las ayudas están supeditadas a la justificación del gasto y pago de conceptos vinculados a la creación y puesta en marcha de la empresa (desde 2 meses anteriores de la fecha de alta de la empresa hasta 12 meses posteriores), entre los que se citan:
- Cuotas relativas al pago de la cotización en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social o régimen equivalente.
- Inversiones afectas a la actividad económica incluyendo obras para la rehabilitación y/o reformas de los bienes inmuebles afectos a la actividad.
- Gastos para la constitución de la empresa, como pueden ser: licencias de apertura, licencias de actividad…
- Gastos de comunicación. Entre éstos se podrán incluir campañas de publicidad, diseño de páginas web, diseño de redes sociales…
- La adquisición de empresas existentes para continuar con la actividad desarrollada por la misma
- Además y para toda la ciudad, adicionalmente gastos de alquiler de los inmuebles afectos a la actividad económica que supongan el uso de un establecimiento comercial y/o de servicios a pie de calle con atención directa al público.
No se incluyen:
- La compra de productos comerciales y/o materias primas que sean objeto de comercialización posterior por parte de la empresa.
- La compra de materiales fungibles y material de oficina.
- Suministros.
- El asesoramiento fiscal, laboral, contable, jurídico o administrativo cotidiano.
- Sueldos y salarios.
- El impuesto sobre el valor añadido (IVA) y demás impuestos indirectos.
REQUISITOS GENERALES:
- Que sea en el municipio de Donostia / San Sebastián donde radica su centro de actividad.
- Que el nuevo alta el Impuesto sobre Actividades Económicas se produzca entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
- Que no se hayan matriculado en el IAE en la misma o similar actividad, en los seis meses anteriores a la creación de empresa por la que solicitan ayuda.
- Que entre sus socios y/o socias al menos uno o una de ellos haya participado en las Sesiones de formación que el servicio de apoyo a las personas emprendedoras de Fomento de San Sebastián ofrece de forma continua. Se trata de las 14 sesiones (28 horas en total) englobadas dentro del “Pack Inicia”. No obstante, analizado el itinerario formativo y de experiencia profesional de al menos una las personas emprendedoras de la empresa, o el propio plan de Empresa aportado, Fomento de San Sebastián podrá declarar la exención en la realización de las mencionadas sesiones de formación.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS:
Creación de nuevas empresas en 2017:
1) La creación de nuevas con carácter general:
- 1.200 € por cada nuevo puesto de trabajo con caracter general (primer socio/a).
- 500 € por cada nuevo puesto de trabajo (segundo y siguientes).
Incremento del 20 % para personas con mayores dificultades incluyendo mujeres, jóvenes menores de 30 años en, mayores de 45 años, desempleo larga duración…
Máximo de 4.000 euros en este apartado.
2) La creación de nuevas empresas basadas en criterios de innovación y aporte de valor añadido a la ciudad:
- 2.000 € por cada nuevo puesto de trabajo con carácter general (primer socio/a).
- 1.000 € por cada nuevo puesto de trabajo (segundo y siguientes).
Incremento de un 10 % en el caso de empresas vinculadas a los sectores estratégicos que Fomento de San Sebastián ha determinado:
- Smart (Audiovisual – Digital, energías renovables y eficiencia energética y tecnologías asistivas)
- Surf
- Sector agroalimentario
- Diseño, confección, producción y servicios profesionales vinculados a la promoción de la Moda
- Comercio
- Hostelería
Este incremento no es es acumulable aunque la empresa trabaje en varios de los sectores mencionados.
Máximo de 8.000 euros en este apartado.
Las ayudas contempladas en estos apartados 1. y 2. no son compatible entre sí.
3) Ayudas para el gasto de alquiler :
- Ayuda de 2.000 € en los siguientes barrios: Altza, Bidebieta, Amara Berri, Riberas de Loiola, Loiola, Martutene, Intxaurrondo, Egia.
- Ayuda de 500 € en el resto de barrios.
4) Incentivos dirigidos a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar 300 euros por niño/niña.
El importe máximo de ayuda, sumando todos los conceptos expuestos en este artículo no podrá ser superior a 10.000 €.
Plazo para la presentación de las solicitudes
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación de estas bases. El plazo máximo para la presentación será de dos meses desde la fecha de alta en el IAE para nuevas altas de 2017. Si el alta ha sido anterior a la publicación de las bases el plazo será de dos meses desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
En todo caso, el plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 31 de diciembre de 2017.