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¿Es obligatorio para pymes y autónomos tener un libro de visitas?

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Burocracia, papeleos…. Si todo fuera más sencillo, es posible que te hubieras animado antes a convertirte en autónomo o a montar tu propia empresa. Pero no te preocupes: si has decidido que ha llegado el momento de iniciar tu aventura profesional, en Gaztenpresa estamos para acompañarte en todos los trámites. Hoy te explicamos qué debes saber sobre el Libro de Visitas.

 

Qué es y para qué sirve

Es un libro obligatorio, físico, donde los inspectores de Trabajo y Seguridad Social anotan las diligencias que encuentran durante su visita a una empresa o al domicilio desde el que trabaja un autónomo. Cada folio del libro dispone de un duplicado para que los citados inspectores puedan quedarse una copia que acredite que han realizado la visita y los detalles sobre lo que han encontrado en la misma.

Sin embargo, desde julio de 2015, la Ley Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social establece expresamente que no se impondrán obligaciones a los interesados “para adquirir o diligenciar cualquier clase de libro o formulario”. Es decir el Libro de Visitas físico ha dejado de ser obligatorio.

Esto afecta a todos los territorios, incluida la Comunidad Autónoma Vasca, que tiene transferida la Inspección de Trabajo. En la Comunidad Foral de Navarra se encarga una Comisión Navarra-Estado, en la que participan el Gobierno navarro y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Algunos apuntes importantes:

  • Lo único que desaparece es la obligación de poseer un Libro de Visitas físico. Pero seguirá habiendo inspecciones. De hecho, los inspectores que te visiten siguen teniendo la obligación de extender diligencia por escrito de cada una de sus visitas.
  • Conserva todos tus libros de visitas, si los tienes, durante cinco años, contados a partir de que se haya producido la última diligencia.
  • Las nuevas diligencias escritas podrán realizarse en los libros que ya poseías, caso de que dispongan de páginas para ello.
  • Si careces de Libro de Visitas o se han agotado sus páginas, los funcionarios o funcionarias que te inspeccionen dejarán constancia por escrito de su inspección en un documento que ellos mismos llevarán: como en los libros tradicionales. Estos documentos se harán por duplicado, para que la propia Inspección y el trabajador o pyme inspeccionada tengan una copia.

Éste ha sido un primer paso, largamente reclamado por las asociaciones de autónomos, que veían en la obligatoriedad de poseer un libro de visita físico una traba más al aumento del autoempleo. Ha sido la aplicación de la tecnología la que ha posibilitado el inicio de su final, que está previsto para 2017. Porque desde este mismo año, se está implantando el Libro de Visitas Electrónico (LVE). Se trata de una aplicación web donde se gestionan y recogen todas las actuaciones que lleve a cabo la Inspección de Trabajo o los técnicos habilitados por cada comunidad autónoma. De momento son pocas comunidades en las que está operativa esta herramienta, pero una de ellas es la Comunidad Foral de Navarra. El resto son Galicia, Asturias, Cantabria y La Rioja.

Pero atención: Solo se mantiene activa y en funcionamiento la aplicación informática del Libro de Visitas electrónico para el acceso y uso por aquellas empresas y trabajadores autónomos que ya estén dados de alta previamente en la aplicación. Si queremos tramitar un nuevo alta, tendremos que esperar a  que se dicte la Orden Ministerial conforme al artículo 21.6 de la Ley 23/2015.

Como siempre, si tienes cualquier duda sobre este u otro trámite recuerda que en Gaztenpresa estamos encantados de ayudarte: ¡contacta con nosotros!

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