La Diputación Foral de Bizkaia ha abierto el plazo para pedir las ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas. Si eres emprendedor y quieres montar tu propia empresa, tienes hasta el 30 de septiembre para solicitar esta ayuda a Diputación. Desde Gaztenpresa podemos ayudarte con la tramitación de la misma.
Pueden solicitar esta ayuda aquellas empresas que hayan sido creadas en Bizkaia entre el 1 de noviembre de 2013 y el 30 de setiembre de 2014 (ambos inclusive).
Entidades beneficiarias de las ayudas de Diputación
Podrán acceder a los beneficios de esta ayuda las empresas con personalidad jurídica, incluyendo los empresarios y empresarias individuales y profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, del Territorio Histórico de Bizkaia.
- Que se hayan dado de alta en actividades económicas entre el 1-11-2013 y el 30-09-2014.
- Que tengan su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. Así mismo, el centro de trabajo radicará también en este territorio.
- Que al menos una de las personas promotoras, residente en Bizkaia, de la entidad beneficiaria acredite desempleo en el momento anterior al alta de la empresa en IAE y se haya dado de alta en el régimen especial de autónomos o mutualidad equivalente. Este último requisito no es aplicable a las cooperativas de trabajadores asociados ni a las sociedades laborales que se acojan al régimen general.
A los efectos de remitir solicitudes de subvención, en ningún caso, una persona promotora podrá participar en más de un proyecto empresarial. Tampoco podrán participar las empresas, o sus correspondientes promotores, que hubiesen resultado adjudicatarias de subvención con cargo a los Decretos Forales 89/2012 y/o 40/2013.
Gastos subvencionables por Diputación
Para la subvención de Diputación serán gastos subvencionables: el arrendamiento del local donde se ubique el negocio; suministros (luz, agua, teléfono, gas); primas de seguros; limpieza y mantenimiento; material de oficina; servicios profesionales independientes; publicidad y promoción; cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen especial de autónomos, así como por contingencias comunes en el régimen general, generados durante un período máximo de un año a partir del alta en Actividades Económicas de la empresa. La baja en la actividad económica produce la pérdida del derecho al cobro de la cantidad pendiente de abono.
Cuantía de la subvención de Diputación
La cuantía de la subvención, será de 3.000 euros por entidad beneficiaria (empresa o emprendedor).
En el caso de que, además de los requisitos mencionados en el apartado“ entidades beneficiarias”, al menos una persona promotora haya realizado la formación y asesoramiento individualizado con las entidades beneficiarias de la sección 1 del decreto regulador 158/2013, la cuantía de la subvención ascenderá a 5.000 € por cada persona o personas promotoras que cumpliendo los requisitos detallados en el mencionado apartado, pertenezcan a uno de los siguientes colectivos:
- Mujeres
- Personas en riesgo de exclusión social, atendiendo a lo dispuestos en el art 7 del Decreto 158/2013
- 4.000 € por cada persona o personas promotoras, que cumpliendo los requisitos detallados en el mencionado apartado no pertenezcan a los colectivos del párrafo anterior.
La subvención máxima de Diputación por entidad beneficiaria ascenderá a 25.000 euros.
Si quieres que alguno de nuestros técnicos te ayude con el papeleo o la tramite por ti, puedes solicitar más información a través de la web o llamando al teléfono gratuito 900 101 143.