Este pasado mes de julio, el Instituto Vasco de Consumo – Kontsumobide, aprobó un Decreto que regulaba las hojas de reclamaciones de los consumidores en Euskadi. Este cambio en la Ley tiene como fin, potenciar la defensa de los derechos y protección de las personas consumidoras y establecer un método ágil de solución de las controversias en materia de consumo.
Así, la nueva regulación para las hojas de reclamaciones, recoge medidas para mejorar el procedimiento de tramitación administrativa de todas las reclamaciones presentadas ante Kontsumobide u Oficinas Municipales de Información a personas consumidoras (OMIC), lo que se traduce en una mayor protección para las personas consumidoras y usuarias que precisen trasladar a la Administración reclamaciones, quejas o denuncias en materia de consumo a través de los distintos cauces existentes para ello.
El nuevo decreto establece la obligatoriedad de disponer de hojas de reclamaciones, e incluye en esta obligatoriedad a las actividades recreativas y espectáculos públicos que en la anterior regulación estaban excluidas. Únicamente se exceptúa de la obligación de tener hojas de reclamaciones a centros autorizados que imparten enseñanzas regladas y profesionales liberales que lleven a término una actividad para cuyo ejercicio sea necesaria la colegiación previa en un Colegio Profesional legalmente reconocido, cuyas reclamaciones se tramitarán a través de sus respectivos Colegios Profesionales de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora.
Asimismo, la nueva regulación establece como novedad la obligatoriedad de las empresas a cumplimentar sus datos en las hojas de reclamaciones; y para informar de esta novedad, Kontsumobide, con la colaboración de la Dirección de Comercio del Gobierno Vasco va a llevar a cabo, a partir de septiembre, una campaña de inspección informativa por todas las empresas y comercios de Euskadi al objeto de recordar el cumplimiento de esta obligatoriedad.
Toda la información sobre las hojas de reclamaciones así como cualquier otra sobre consumo podrá consultarse en la página web de kontsumobide, o en cualquiera de sus oficinas en Bilbao, Donostia/San Sebastián o Vitoria-Gasteiz.
Documento:
DECRETO 142/2014, de 1 de julio, de hojas de reclamaciones de Consumo y del procedimiento de atención de quejas, reclamaciones y denuncias de las personas consumidoras y usuarias