El pasado 23 de diciembre se publicó en el BOE la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes, más conocida como la Ley de Startups. El objetivo de esta nueva norma es conseguir que el Estado se convierta en un destino atractivo para las personas emprendedoras y las inversoras interesadas en este tipo de negocios, es decir, en empresas innovadoras de reciente creación, de base tecnológica, rápido crecimiento y con un modelo de negocio escalable.
Por lo tanto, el primer paso para poder beneficiarse de las medidas de apoyo e incentivos fiscales que recoge esta ley es ser una startup en los términos que define esta norma y que son los siguientes:
- Ser una empresa de base tecnológica de nueva creación o con un máximo de 5 años de antigüedad (7 años en el caso de compañías biotecnológicas, energéticas o industriales).
- Ser una empresa totalmente nueva, es decir, que no sea el resultado de una fusión, escisión o transformación de compañías previamente existentes.
- Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
- Tener, al menos, al 60 % de la plantilla con un contrato laboral en España.
- No cotizar en bolsa ni haber distribuido dividendos.
- No alcanzar un volumen de negocio anual superior a los diez millones de euros.
- Ser un proyecto de emprendimiento de carácter innovador, que cuente con un modelo de negocio escalable.
Las cooperativas que cumplan estos requisitos también pueden acogerse a esta ley.
¿Quién determinará qué empresas son o no son startups?
La ley establece que será la Empresa Nacional de Innovación (Enisa) la responsable de certificar estas características. Para ello, se fijará, entre otros criterios, en el grado de innovación del proyecto, el grado de atractivo para el mercado de la innovación propuesta, el volumen de personas usuarias o clientes, los posibles competidores, y la experiencia y trayectoria del equipo de personas que integra la empresa.
Enisa dispondrá de un plazo máximo de tres meses para emitir su evaluación y podrá llegar a acuerdos con las distintas comunidades autónomas para delegar esta tarea de certificación en entidades regionales que aún están sin determinar.
¿Y qué ventajas aporta la Ley de Startups?
La Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes incorpora más de 20 medidas como, por ejemplo, la bonificación del 100% de la cuota de autónomos durante los tres primeros años a las personas emprendedoras que combinen su actividad por cuenta propia en la startup con un trabajo como persona asalariada en otro negocio.
Asimismo, a aquellos emprendedores y emprendedoras de fuera de nuestro país que deseen poner en marcha una empresa emergente en España, se les ampliará la autorización inicial de residencia de uno a tres años. Además, para darse de alta en la Seguridad Social durante los primeros seis meses de residencia o estancia, sólo necesitarán su pasaporte.
También se amplía la autorización de residencia de uno a dos años para las y los estudiantes extranjeros en prácticas, en búsqueda de empleo o que quieran iniciar un proyecto empresarial en nuestro país una vez hayan concluido sus estudios.
Otras medidas incluidas en la ley son la aplicación de un tipo impositivo reducido del 15% en el Impuesto de Sociedades durante un máximo de cuatro años (el tipo impositivo habitual es del 25%), y la reducción de los requisitos burocráticos para los inversores extranjeros.
Si deseas profundizar en todas las particularidades de esta ley, puedes consultar el texto íntegro de la norma en este link: Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes