Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria aquellas personas físicas (autónomas y/o profesionales, y socios/as de comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica) o personas jurídicas, legalmente constituidas, del sector de la Hostelería y Restauración, con centro de trabajo en Bilbao, que cumplan con los requisitos establecidas en la misma.
En concreto, podrán acceder a las ayudas los establecimientos de restauración (restaurantes, bares, cafeterías y establecimientos de similar naturaleza que desarrollan su actividad en establecimientos fijos, abiertos al público en general, que se dedican de forma habitual y profesional a ofrecer comidas y bebidas para consumir en el mismo local), así como alojamientos y empresas de catering, que se encuadren dentro de los CNAES relacionados en el Anexo I de la convocatoria.
Documentos
* El Anexo II y el Anexo III son documentos a enviar adjuntos en la solicitud.
- ⇨ Bases
- ⇨ Anexo I. Tipología de establecimientos o empresas que pueden resultar beneficiarias
- ⇨ Anexo II. Declaración responsable
- ⇨ Anexo III. Datos bancarios
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 31 de enero de 2021
Información
Para más información y consulta de dudas, se podrá hacer a través de:
- Email: ayudashosteleriabilbao@bilbaoekintza.bilbao.eus
- Teléfono: 94 420 53 57
De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 (excepto festivos)